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RECURSOS EDUCATIVOS ABIERTOS (REA) Y ACCESO SIN RESTRICCIONES


Dante Antonioli Delucchi

Han transcurrido casi veinte años desde que, en 2002, Unesco utilizó por primera vez el término Recursos Educativos Abiertos (Open Educational Resources, OER) para referirse a la oferta de cualquier recurso educativo que esté completamente disponible para docentes y estudiantes con fines no comerciales. La premisa para que un recurso se constituya en un REA se basa en que quienes elaboran dichos contenidos no exigirán el pago de regalías o derechos de licencias por su utilización[1].

Para que los REA puedan ser utilizados y compartidos sin restricciones, en un inicio se utilizó el principio del dominio público[2]; sin embargo, debido a su origen y a su naturaleza jurídica, así como al concepto (en desarrollo) de las licencias abiertas, fue necesario redefinir la forma en que el término “sin restricciones” debía ser entendido.

Tipos de REA

En la práctica, existe un sinnúmero de recursos educativos disponibles, los que se han incrementado “exponencialmente” durante los últimos tres años debido a las restricciones impuestas a la presencialidad en la enseñanza durante la pandemia del COVID-19. Esto impulsó a toda la comunidad educativa mundial a desarrollar, buscar, probar, implementar y, finalmente, utilizar nuevos recursos que permitieran garantizar la continuidad de las distintas actividades vinculadas a la educación; pero también, permitieron comprobar que aplicaciones ya existentes y muy demandadas también se adecuaban bastante bien a los requerimientos de los docentes y estudiantes.

Algunos de los recursos más conocidos son:

  • Materiales de curso (tipo texto escolar) y libros de estudio.
  • Diseños curriculares, planes de estudio y mapas de objetivos.
  • Videos, animaciones, aplicaciones multimedia, podcasts.
  • Actividades y tareas en aplicaciones específicas.

En general, cualquier material que contribuya con la enseñanza y el aprendizaje es considerado un recurso educativo pero, para ser considerado REA, debe cumplir con la condición de estar disponible sin restricciones.

Licencias abiertas

Como se ha mencionado, la principal precisión que se añadió al concepto de REA se basó en el desarrollo de las denominadas ‘licencias abiertas’. Estas licencias, promovidas principalmente por Creative Commons[3], tienen como objetivo el reconocimiento de la titularidad de la obra, pero ofreciendo la posibilidad de copiar, compartir o modificar los contenidos, bajo ciertas condiciones.

Entonces, la principal diferencia entre los REA y otros tipos de contenidos está, en efecto, en el tipo de licencias que otorgan. Los REA se publican bajo un licencia abierta en la que no hay restricciones ni condiciones para copiar o compartir, pero sí se debe reconocer al autor original del recurso; es decir, no se renuncia a la propiedad intelectual, como muchas veces se piensa.

Siendo más precisos, una licencia abierta, bajo la cual un recurso se convierte en REA, es aquella en la que el titular de los derechos de autor permite que el público utilice legalmente sus contenidos con la única condición de que se reconozca su autoría, sin necesidad de pago alguno o de un permiso expreso. La referencia de que el contenido es de licencia abierta, deberá ser correctamente informada (en la página de créditos, en un pie de imagen o en la presentación del recurso, por ejemplo).

Aclarando algunas confusiones

Si bien este espacio no permite comentar las características en detalle y que hay mucho material de discusión disponible, a continuación se revisan algunos temas que generan discusión entre quienes desarrollan y utilizan recursos educativos.

  • Los REA solo están en internet

En la actualidad, el término REA se utiliza por extensión a todo tipo de material educativo disponible en la internet; sin embargo, muchos recursos educativos abiertos pueden estar impresos y otros en archivos o aplicaciones de computadoras no compartidas por internet. Al hablar de REA, no estamos hablando solamente de recursos para el aprendizaje en línea, sino de algo mucho más amplio.

  • Libre no es igual a gratuito, pero…

En efecto, ambas palabras no son sinónimas, pero muchas veces se cree que sí lo son, y es cuando surgen las dudas y confusiones. En la práctica, un REA no solo es libre (es decir, su utilización y difusión es permitida sin condiciones); además es gratuito, lo que significa que no debemos pagar por él. Sin embargo, el uso de algunos recursos puede requerir de costos derivados de su utilización, como por ejemplo, capacitación de docentes, mejoras en los planes de estudio y en las sesiones de aprendizaje, inversión en sistemas de comunicación, etc. Las instituciones también deben evaluar la conveniencia de los REA que decidan utilizar desde esta perspectiva.

  • Ofrecer un REA es tarea del Estado

Esto es parcialmente cierto. Si bien existen muchos Estados involucrados en el desarrollo y difusión de REA, la premisa mencionada se vuelve inexacta cuando miramos el panorama completo y consideramos que las instituciones o empresas que desarrollan contenidos de alta calidad, también pueden dirigir sus esfuerzos comerciales a servicios con mayor rentabilidad. Esto se hace cada vez más necesario, tomando en cuenta la gran cantidad de contenidos de todo tipo que está disponible cada vez más rápido en internet (y también de manera ilegal); asimismo, al ver que año a año, los ratios de compra del mercado privado de contenidos se reducen de forma preocupante).

  • ¿Y las aplicaciones de contenidos freemium?

De manera resumida, este tipo de aplicaciones tiene la característica de ofrecer un segmento de servicios gratuitos y otro pagado. El usuario que las utiliza, acepta una licencia de uso libre y gratuito por una “cantidad” o “tipo” de contenidos o servicios, si quiere el servicio completo debe pagar por él. Otra modalidad de freemium es que el servicio o los contenidos se entreguen completos si es que el usuario compra otro producto o servicio (normalmente el nuevo entregable lleva el costo en el producto principal). En ninguno de ambos casos se trata de un REA. En el primer caso, si bien la posibilidad de descargar y usar “el primer tramo” es sencilla y está disponible, sus contenidos no pueden compartirse ni modificarse. En el segundo, el uso de un REA no debe estar condicionado; al tener que pagar por un producto principal, la condición “completamente disponible y sin restricciones” no existe.

En conclusión, un Recurso Educativo Abierto es, por definición, un contenido educativo de cualquier tipo y de acceso abierto, sin restricciones ni costos. Adicionalmente, su misma definición exige el reconocimiento de quien elabora o desarrolla el contenido. Es importante que todo esto quede muy claro; en el mercado hay ofertas de REA cuyo uso es posible bajo ciertas condiciones, entonces, sencillamente, no son REA.

Para concluir, un paso obligado en la discusión de los REA y su pertinencia en el fortalecimiento de las competencias de los estudiantes tiene que ver con la calidad y el alcance de los contenidos que se ofrecen. En una próxima entrega nos encargaremos de ello.


[1] Para una mayor comprensión de los REA, así como la revisión de su discusión teórica, véase: Kanwar, A., & Uvalic-Trumbic, S. (2015). Guía Básica de Recursos Educativos Abiertos (REA). https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000232986/PDF/232986spa.pdf.multi. (Contenidos bajo licencia CC-BY-SA 3.0 IGO).

[2] Se refiere a contenidos cuyo plazo de protección legal ha concluido y, por ello, cualquiera puede reproducirlos, distribuirlos, comunicarlos, traducirlos y/o explotarlos en el mercado, sin autorización previa ni el pago de remuneración alguna o regalía. En general, la legislación de propiedad intelectual de cada país tiene un plazo definido, y puede llegar hasta los 50, 60 o 70 años después del fallecimiento de su autor.

[3] Para conocer el tipo de licencias Creative Commons disponibles, visite: https://network.creativecommons.org/chapter/